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Los elementos de un nuevo modelo eléctrico

Los elementos de un nuevo modelo eléctrico

La Comisión Federal de Electricidad podría quedar por encima del Estado al tener la facultad de decidir por sí misma

Fluvio Ruíz Alarcón

Entre las medidas planteadas por la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia energética, algunas significan la reconfiguración total del diseño institucional surgido de la reforma energética de 2013-2014. Estas medidas buscan resolver la contradicción entre la orientación de las políticas públicas en materia energética del actual gobierno, con el marco constitucional y legal vigente. En ese sentido, aunque resulta positiva la intención de fortalecer el papel del Estado y la CFE en el sector eléctrico, la aprobación de la iniciativa en sus términos, implicaría un modelo eléctrico en el cual, podría llegar a ser difícil distinguir la frontera entre el Estado mismo y su operador. Esta confusión podría llevar a que lo que se esté reconociendo como estratégico para la Nación, sea en buena medida a la CFE y no, como debería quedar claro, al suministro eléctrico.

De hecho, al conferirle a la CFE la facultad de planificar el Sistema Eléctrico Nacional, se le coloca por encima de la Secretaría de Energía, la cual debe mantener esa responsabilidad, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, con base en las propuestas que le presente la CFE en el caso de la generación; y el CENACE, en cuanto a las redes de transmisión y distribución.

En el extremo, la CFE podría quedar por encima del Estado al tener la facultad de decidir por sí misma, por ejemplo, que sociedades de autoabastecimiento son legítimas y cuáles no. Cualquier decisión en este sentido, tendría que requerir de una resolución judicial previa.

Otro elemento que implica una transformación profunda del actual diseño institucional del sector, sería la desaparición de los órganos reguladores del sector (CRE y CNH), integrando sus respectivas estructuras y funciones a la Secretaría de Energía y otorgándole a la CFE la facultad de fijar las tarifas eléctricas.

La Exposición de Motivos de la iniciativa, permite entrever una cierta confusión en las funciones de los entes responsables de la definición de las políticas públicas, la regulación de estas en el marco de la dinámica sectorial y el alcance de las facultades del operador del Estado (CFE). Esto puede ejemplificarse con la afirmación contenida en la Exposición de Motivos de la iniciativa, según la cual la “creación de órganos reguladores tuvo como objetivo sustraerle al Estado decisiones fundamentales”; como si lo organismos aludidos, la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) no hubieran sido claramente definidos en el marco jurídico como órganos descentralizados del propio Estado. De hecho, los miembros de sus respectivos órganos de gobierno son designados a través de un mecanismo que involucra tanto al Poder Ejecutivo como al Legislativo. Más aún, la Ley que rige a dichos órganos, establece que estos deben coordinarse con la Secretaría de Energía “a fin de que sus actos y resoluciones se emitan de conformidad con las políticas públicas del Ejecutivo Federal.” Sin embargo, tácitamente, en la iniciativa, se termina por asumir el erróneo planteamiento de los críticos de la actual política energética, quienes suelen referirse a la CRE y la CNH como “contrapesos” del Poder Ejecutivo. En realidad, no lo son; como tampoco han dejado nunca de ser parte del Estado mexicano.

La idea de desaparecer a los órganos reguladores proviene, muy probablemente, del papel que, exacerbando la orientación de “las políticas públicas del Ejecutivo Federal”, jugaron la CRE y la CNH, tras la reforma energética. En efecto, en la segunda parte del gobierno anterior, ambos entes actuaron en buena medida, más como promotores de las inversiones que como reguladores de las externalidades de las mismas, lo que les valió, la crítica de la coalición política que hoy gobierna. De la misma manera, tras la modificación en la integración de sus órganos de gobierno, ocurrida a inicios del actual gobierno, sus resoluciones -como establece la Ley- buscan apuntalar la nueva política energética.

Es importante subrayar que el establecimiento a toda costa de condiciones de libre mercado, no puede ser visto como la razón de ser de los organismos reguladores. De hecho, para que un regulador sea efectivo en el propósito de alinear el comportamiento de agentes privados con el interés público, debe tener una noción clara del significado de este último y estar plenamente comprometido con él. Una condición necesaria para una regulación efectiva, que garantice la rectoría del Estado, es el conocimiento específico en cada eslabón industrial y región, de la estructura de mercado, precios y calidad en el servicio, condiciones de la infraestructura física y la estructura financiera y corporativa de los actores. Esto tiene mejores condiciones para lograrse con órganos administrativamente autónomos, laboralmente estables, técnicamente sólidos, presupuestalmente robustos y políticamente empoderados.

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Valdría mucho la pena que la discusión en torno a estos organismos, se diera pensando más en su naturaleza como instituciones; y menos en la orientación ideológica coyuntural de los miembros de sus órganos de gobierno.

 

 

 

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